Ampliación baja por paternidad

El 1 de Abril ha entrado en vigor la baja por paternidad de 8 semanas aprobada en el Real Decreto 6/2019 de 1 de Marzo.

A partir de esta fecha el padre podrá disfrutar de 8 semanas de baja por paternidad de las cuales, las dos primeras semanas del permiso deberán disfrutarse de forma ininterrumpida tras el parto. Las seis semanas restantes podrán ser de disfrute interrumpido y ejercitarse desde la finalización del descanso obligatorio posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses. Este permiso, retribuido al 100%, será intransferible, por lo que si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre.