Si constituyo su plan de pensiones antes de 2006 y lo cobra en forma de capital tendrá derecho a una reducción del 40%, pero para disfrutar de esta reducción en las cantidades que perciba correspondientes a las aportaciones efectuadas hasta el 31 de Diciembre de 2006, el rescate debe efectuarse dentro de un determinado plazo:
- Si se jubiló en 2010 o en años anteriores, deberá cobrarlas en forma de capital antes del 31 de Diciembre de 2018
- Si se jubiló entre 2011 y 2014, deberá hacerlo dentro de los ocho años siguientes al de la jubilación (así si se jubiló en 2014 tendrá de plazo hasta el 31 de Diciembre de 2022)
- Y si se ha jubilado a partir de 2015, deberá hacerlo dentro del mismo año de la jubilación o en los dos siguientes. Así pues, el plazo habría vencido el 31 de Diciembre de 2017
S tiene varios planes con aportaciones efectuadas hasta 2006, recuerde que la reducción solo puede aplicarse un año. Por tanto, le conviene cobrar las prestaciones en forma de capital de todos los planes en un único ejercicio. Si usted es partícipe de un plan de pensiones y de una mutualidad de previsión social, esta regla no es aplicable, podrá aplicar la reducción del 40% en ambos, tanto si las cobra en el mismo ejercicio como si las recibe en ejercicios diferentes.