CAMBIO BASES COTIZACIÓN AUTÓNOMOS

Le recordamos que quienes se encuentren de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, pueden actualizar su base de cotización eligiendo otra dentro de las establecidas.

El plazo para modificar las bases de cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos fue modificado por la Orden TIN/2445/2010, de 16 de Septiembre, por tanto, les recordamos que los trabajadores autónomos podrán cambiar dos veces al año la base por la que viniesen obligados a cotizar, eligiendo otra, dentro de los límites mínimo y máximo aplicables en cada ejercicio, siempre que así lo soliciten a la Tesorería General de la Seguridad Social antes del 1 de Mayo, con efectos del 1 de Julio siguiente, y antes del 1 de Noviembre, con efectos del 1 de Enero del año siguiente.

La base mínima para 2017 es de 919,80 euros (salvo para los autónomos societarios, cuya base mínima es de 1.152,90 euros), y la base máxima es de 3.751,20 euros, si bien esta base máxima puede estar topada para los que hayan cumplido los 47 años a fecha 1 de enero de 2017.

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